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IMPUESTOS SOBRE CRIPTOMONEDAS EN CHILE

¿Compraste, vendiste o minaste criptomonedas en Chile? En 2025, es más importante que nunca entender cómo afectan los impuestos a tus inversiones digitales. El Servicio de Impuestos Internos (SII) ha establecido criterios claros sobre qué operaciones generan impuestos, cómo se deben declarar y qué herramientas puedes usar para optimizar tu situación fiscal. Esta guía te explica todo lo que necesitas saber: desde la clasificación legal de criptoactivos, pasando por los eventos tributarios relevantes, hasta cómo ajustar costos por inflación usando el IPC. También se incluye un ejemplo práctico de cálculo de impuestos, recomendaciones de documentación y plazos clave para evitar sanciones. Ya seas un usuario nuevo o experimentado, este artículo te entrega lo necesario para cumplir con la ley y mejorar tu rentabilidad.

Marco legal y clasificaciones


Cómo define la ley chilena las criptomonedas


En Chile, las criptomonedas como Bitcoin o Ethereum no son reconocidas como moneda de curso legal ni como divisas extranjeras. En cambio, bajo la Ley Fintech 21.521 promulgada en 2023, son definidas como "representaciones digitales de unidades de valor, bienes o servicios" que pueden intercambiarse electrónicamente. El SII las clasifica como activos digitales, un concepto clave que determina cómo deben tributar.

Esta clasificación significa que las reglas tributarias generales del país se aplican también a los criptoactivos. No existe aún una ley específica que regule todos los aspectos tributarios, pero el SII ha emitido varios oficios orientadores, como el Oficio N°963 de 2018 que aclara que las criptomonedas no están sujetas al IVA, y el Oficio N°36 de 2019 que permite ajustar el costo de adquisición por inflación usando el IPC.

Base legal para la tributación


Al carecer de una ley exclusiva, se aplican los principios de la Ley sobre Impuesto a la Renta (DL 824), donde toda ganancia proveniente de un bien debe tributar. Por tanto, si una persona obtiene utilidad al vender criptomonedas, intercambiarlas o usarlas con ganancia, esa utilidad está afecta a impuestos como cualquier otra inversión.

  • Las criptomonedas son activos digitales según la Ley Fintech.

  • No son moneda ni divisas según el SII.

  • No pagan IVA, pero sí generan impuestos sobre ganancias.

  • Se aplican principios del DL 824 y oficios del SII.

  • El ajuste por inflación es legal y recomendable.

Eventos tributarios clave


Qué operaciones generan impuestos y cuáles no


En el contexto chileno, es fundamental conocer qué tipo de transacciones con criptomonedas generan impuestos. El SII considera eventos tributarios las operaciones en que se obtiene una ganancia o se produce una renta imputable. Esto incluye la venta, el intercambio, el uso como medio de pago, y la minería.


Por ejemplo, si compraste 1 BTC a $10 millones CLP y lo vendiste luego a $14 millones, los $4 millones de ganancia deben ser declarados. Si lo intercambiaste por ETH y el valor de ese ETH equivale a más de $10 millones, la diferencia también tributa. Lo mismo ocurre si usas cripto para pagar una propiedad o un auto, y el valor de esa cripto al momento del pago supera el precio de compra original.


Operaciones exentas: ¿qué puedes hacer sin tributar?


Las operaciones exentas incluyen la compra y tenencia de criptomonedas, transferencias entre billeteras propias, donaciones a ONGs y la recepción como regalo. Sin embargo, cuando se venda ese activo con ganancia, ahí sí se tributa. Estas distinciones permiten planificar estratégicamente el uso de criptomonedas para fines no tributables.

  • Generan impuestos: venta con ganancia, intercambio con plusvalía, minería, pagos con utilidad.

  • Exentos: compra y tenencia, traspasos personales, donaciones y regalos (hasta que se vendan).

  • El staking y airdrops pueden tributar con costo base cero.

  • Los NFTs y stablecoins siguen reglas generales de ganancias.

  • La minería permite deducir ciertos gastos operativos.

El Servicio de Impuestos Internos (SII) ha establecido criterios claros sobre qué operaciones generan impuestos, cómo se deben declarar y qué herramientas puedes usar para optimizar tu situación fiscal.

El Servicio de Impuestos Internos (SII) ha establecido criterios claros sobre qué operaciones generan impuestos, cómo se deben declarar y qué herramientas puedes usar para optimizar tu situación fiscal.

Declaración y optimización fiscal


Cómo declarar tus ganancias correctamente


Toda persona natural debe declarar sus ganancias derivadas de criptomonedas en el Formulario F22 durante la Operación Renta anual. Las ganancias se calculan como la diferencia entre el precio de venta y el costo de adquisición, que puede ser ajustado por inflación usando el IPC disponible en calculadoraipc.ine.cl. Este ajuste está permitido según el Oficio N°36 del SII y puede reducir significativamente la base imponible.

Es esencial mantener documentación detallada de cada transacción: fecha, cantidad, valor en CLP, exchange utilizado y método de pago. Si vendiste criptomonedas en más de una ocasión o en diferentes plataformas, debes consolidar toda la información para reportarla adecuadamente. En caso de auditoría, estos registros serán clave.

Ejemplo práctico: cálculo del impuesto


Supongamos que compraste 2 ETH en enero de 2023 por $2 millones CLP y los vendiste en marzo de 2025 por $3,4 millones. Ajustas el costo por inflación con un IPC acumulado de 10%, elevando el costo base a $2,2 millones. Tu ganancia neta sería de $1,2 millones, lo que tributaría bajo el tramo correspondiente del Impuesto Global Complementario. Si tus ingresos anuales totales son bajos, esta ganancia puede incluso quedar exenta.

  • Formulario F22 es obligatorio para personas naturales.

  • Ajustar por IPC reduce la base imponible.

  • Mantén registros de fecha, monto, tipo de cripto y valor en CLP.

  • Las pérdidas no se pueden deducir en todos los casos.

  • Declarar a tiempo evita sanciones del SII.

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